Opinión

Prisión preventiva y huelga de hambre

Carta al director publicada en El Mercurio.

Señor Director:
El pasado 28 de septiembre, el Gobierno, a pesar de actuar como querellante, solicitó al Juzgado de Garantía de Temuco revisar la prisión preventiva de los cuatro imputados mapuches en huelga de hambre, alegando razones humanitarias. Sin embargo, el juez de garantía rechazó la petición, ante lo cual la Intendencia de La Araucanía interpuso un recurso de apelación. No obstante, la Corte de Apelaciones de Temuco confirmó la decisión de mantener la prisión preventiva.

A juicio del Gobierno, el precario estado de salud de los comuneros sería incompatible con la exigencia de que la libertad provisional del imputado sea «peligrosa para la seguridad de la sociedad o del ofendido». Por lo tanto -razona el Gobierno- bastaría con el arresto domiciliario total. En fallo dividido, los ministros de la Corte de Apelaciones de Temuco estimaron que la salud de los comuneros no alteraba los presupuestos legales que sustentan la procedencia de la prisión preventiva. En efecto, la Corte razonó que las circunstancias de hecho y de derecho que se tuvieron en consideración al momento de dictar la prisión preventiva no se habían modificado.

Nos encontramos frente a un caso que divide a la opinión pública. En estas condiciones, resolver conforme a derecho es difícil y, por ello mismo, loable, máxime cuando se decide contra la posición de otro poder del Estado. Es bueno recordar que los magistrados también son seres humanos y que sus decisiones judiciales pueden perjudicar sus vidas personales o sus carreras profesionales. No obstante, desentendiéndose de las implicancias ideológicas, políticas o personales del caso, los jueces optaron por aplicar el derecho. Sin duda, el correcto actuar de estos magistrados es una garantía de que la libertad y la seguridad personal de los ciudadanos no quedan al arbitrio de las autoridades políticas o de los vaivenes de la opinión pública.

José Miguel Aldunate
Observatorio Judicial