Introducción

Con fecha 27 de julio de 2016, la Corte Suprema elaboró la nómina para proveer la vacante del ministro Pedro Pierry. Desde entonces han transcurrido ocho meses y 11 días. Nunca antes un Presidente había demorado tanto una designación para el cargo de ministro de la Corte Suprema. Lo anterior es grave, porque la nómina está encabezada por buenos candidatos, de probadas aptitudes profesionales y cuya designación es capaz de suscitar acuerdo en el Senado.

¿Cómo funciona el sistema de nombramientos?

El mecanismo de designación de los ministros de la Corte Suprema fue introducido en la reforma constitucional de 1997 y está regulado en el artículo 78 de la Carta Fundamental. Dicha disposición señala que la Corte Suprema está compuesta por 21 ministros, cinco de los cuales deberán ser abogados extraños a la administración de justicia. El resto corresponde a miembros provenientes del Poder Judicial. En ambos casos, el mecanismo de designación es el mismo y consta de tres etapas.

Primero, producida una vacante, la propia Corte Suprema elabora una quina para llenarla. La conformación de la nómina será distinta según el cargo que se deba proveer. Cuando se trate de un cargo que corresponde un miembro proveniente de la administración de justicia, la nómina debe formarse exclusivamente con integrantes del Poder Judicial y deberá ocupar un lugar en ella el ministro más antiguo de Corte de Apelaciones. Si, por el contrario, la vacante corresponde a un miembro que no proviene del poder judicial, la Corte Suprema conformará la nómina con abogados de a lo menos quince años de título y que se hayan destacado en la actividad profesional o universitaria.

Luego, el Presidente de la República elige a uno de los miembros de dicha nómina y solicita su ratificación por el Senado.

Finalmente, el Senado ratifica la decisión del Presidente por los dos tercios de sus miembros en ejercicio, en una sesión especialmente convocada al efecto. En caso de rechazar la proposición del presidente, la Corte Suprema debe complementar la quina proponiendo un nuevo nombre para sustituir al rechazado. El procedimiento se repite hasta que se apruebe un nombramiento.

Como se puede apreciar, los tres poderes del Estado participan en el nombramiento de los ministros de la Corte Suprema. En efecto, el mensaje de la reforma constitucional que introdujo este mecanismo fundamentó la modificación en que “los integrantes de dicho Poder del Estado no sean elegidos directamente por sufragio universal”, con lo cual insinuó un cierto nivel de déficit de legitimidad en el sistema anterior. En particular, el quórum de dos tercios de los senadores en ejercicio es el más alto que del texto constitucional, lo que —señala el mensaje— “responde a la necesidad de que los ministros y fiscales de la Corte Suprema sean de reconocida idoneidad para el cargo”.

Este último elemento conlleva importantes consecuencias no sólo respecto del perfil técnico, sino que también político de los postulantes al cargo. El alto quórum de aprobación garantiza que el Senado buscará conservar los equilibrios y consensos en la elección de los integrantes de la Corte. Por supuesto, pesa sobre los jueces el deber de autonomía e imparcialidad en sus decisiones. No obstante, para nadie es desconocido que los ministros son personas de carne y hueso y que, por lo tanto, pueden tener sesgos políticos o ideológicos. De aquí se sigue la necesidad del sistema de nombramientos de garantizar la ecuanimidad e independencia de nuestro tribunal supremo. En palabras del senador Girardi, “el Senado asume la gran responsabilidad de garantizarle a la ciudadanía la conformación de una Corte Suprema que exprese la diversidad de visiones que hay en el país, que tenga autonomía y que cobije en ella a los mejores” (Sesión 63ª, en martes 20 de noviembre de 2012). 2.

¿Cómo ha sido hasta hoy?

Históricamente, el nombramiento de los ministros de la Corte Suprema no ha causado mayor revuelo en la opinión pública. En promedio, desde su implementación en 1998, el proceso completo entre la formación de la quina por la Corte Suprema y la aprobación del candidato electo por el Presidente en la sala del Senado ha durado 82 días, es decir, algo menos que tres meses.

Ahora bien, el desglose de la duración de las partes del proceso arroja resultados interesantes. En efecto, de los 82 días de duración promedio del proceso, 62 días corresponden al tiempo que media entre la formación de la quina y la elección de un candidato por parte del Presidente. En cambio, entre este último hito y la aprobación del nominado en la sala del Senado transcurren tan sólo 20 días en promedio. En otras palabras, el Presidente de la República tarda tres veces más en proponer un nombre al Senado, que este último en ratificarlo. Esta demora da cuenta de una negociación previa a la elección del Presidente entre las distintas fuerzas políticas, de modo que la propuesta al Senado se haga una vez que el nombre haya sido acordado.

(Gráfico)

La vacante de Pierry

El 30 de mayo de 2016, el ministro Pedro Pierry cumplió 75 años de edad, el máximo permitido para permanecer en el cargo, con lo cual puso fin a su carrera judicial. Dado que ingresó como un extraño al Poder Judicial, su cese de funciones abrió una vacante para abogados externos. Consecuentemente, la Corte Suprema llamó a un concurso público en donde expusieron trece postulantes.

El 27 de julio de 2016, el pleno de la Corte Suprema elaboró la quina para proveer la vacante producida por el cese de funciones del titular Pedro Pierry. Los cinco nominados son Arturo Prado, Emilio Pfeffer, María Eugenia Montt, Jorge Lagos y Gastón Salinas, éste último elegido por sorteo luego de empatar en número de votos con Eduardo Sepúlveda.

El cargo sigue pendiente desde entonces. En efecto, la Presidenta de la República no ha propuesto ningún nombre para su ratificación por el Senado. Esto quiere decir que, a la fecha de esta publicación, han transcurrido 252 días desde la conformación de la nómina por la Corte Suprema. En otras palabras, la Presidenta ha demorado más de 8 meses en tomar una decisión.

Esta dilación es 170 días superior al promedio de 82 días de tramitación en total y 190 días superior al promedio de 62 días que toma el Presidente de la República en proponer un postulante. Por otra parte, el nombramiento ha demorado 12 días más que la nominación de Andrea Muñoz, hasta ahora el proceso de nombramiento más lento desde 1998. Asimismo, la actual nominación excede en 31 días los 225 días que demoró la elección por el Presidente de dicha ministra, que también era hasta ahora la propuesta al Senado más lenta desde esa fecha.

Mientras tanto, el cupo de Pierry en la Corte Suprema sigue vacante.

¿Quiénes son los postulantes?

Como señalamos, la elaboración de la nómina para proveer el cargo de ministro de la Corte Suprema se llevó a cabo el 27 de julio de 2016. Cabe hacer presente que, al momento conformar la quina, cada ministro de la Corte Suprema puede votar por tres candidatos. En consecuencia, es natural que muchos ministros voten por candidatos que no consiguen conformar la quina. En esta ocasión, por ejemplo, mientras que todas las preferencias del ministro Héctor Carreño integraron la nómina, sólo dos preferencias de la ministra Gloria Ana Chevesich consiguieron hacerlo, una sola del ministro Haroldo Brito y ninguna del ministro Carlos Aránguiz.

Así, el resultado de las votaciones fue el siguiente:

Arturo PradoEmilio PfefferJorge LagosMaría Eugenia MonttGastón Salinas
Hugo Dolmestch
Milton Juica
Sergio Muñoz
Raúl Patricio Valdés
Héctor Carreño
Carlos Kunsemüller
Haroldo Brito
Guillermo Silva
Rosa María Maggi
Rosa del Carmen Egnem
María Eugenia Sandoval
Juan Eduardo Fuentes
Lamberto Cisternas
Ricardo Blanco
Gloria Ana Chevesich
Carlos Aránguiz
Andrea Muñoz
Carlos Cerda
Manuel Antonio Valderrama
Jorge Dahm
Total118776

Ahora bien, ¿cuál es el perfil de los miembros de la nómina? En primer lugar, se encuentra Arturo Prado, con once votos. Es abogado de la Universidad de Chile y doctor en derecho de la Universidad de Navarra. Se desempeña como abogado integrante de la Corte Suprema y consejero del Colegio de Abogados. Además, trabaja como profesor de derecho comercial de la Universidad de Chile, miembro de la comisión de códigos de la Editorial Jurídica y director de la Revista del Abogado.

Con ocho votos, le sigue Emilio Pfeffer, quien  también es abogado de la Universidad de Chile. Fue abogado integrante de la Corte Suprema. Es director del Diario Constitucional y socio del estudio jurídico Pfeffer y Asociados. Además, es miembro y director de la Asociación Chilena de Derecho Constitucional y profesor de dicha disciplina en la Universidad Diego Portales.

A continuación siguen Jorge Lagos y María Eugenia Montt, empatados con siete votos cada uno. Jorge Lagos es académico de la Universidad Andrés Bello y abogado integrante de la Corte Suprema. Por su parte, María Eugenia Montt es abogada de la Universidad de Chile, magíster en derecho de la seguridad social en la misma casa de estudios y doctora en derecho (c), de la Universidad de Sevilla. Fue integrante de las cortes de apelaciones de San Miguel y de Santiago.

Finalmente, Gastón Salinas fue elegido por sorteo, al empatar con 6 votos con Eduardo Sepúlveda. Es abogado de la Universidad de Chile, magister en derecho privado de la misma universidad y doctor en derecho de la Universidad de Mendoza. Fue consejero en el Consejo de Defensa del Estado y en la Agencia Acreditadora de Carreras de Derecho ADC. Hace clases de derecho civil en la Universidad Central de Chile.

Conclusión

La Presidenta no puede seguir demorando más la designación del cupo vacante en la Corte Suprema. Hacerlo implicaría una falta de deferencia hacia los otros poderes del Estado. Por una parte, dilata el conocimiento que le corresponde al Senado sobre el asunto. Por otra parte, y más grave aún, obliga a la Corte Suprema a funcionar de manera anómala, máxime cuando ella ya ha cumplido su parte en el proceso de nombramiento. Es de esperar que esta situación se remedie prontamente.