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Suprema ordenó al Estado costear fármacos por casi US$ 9 millones en último año y medio

“Vía sentencia judicial se destinó un valor 28 veces mayor por paciente, que un beneficiario promedio de la Ley Ricarte Soto”, dice la organización

Un estudio realizado recientemente por el Observatorio Judicial, organización privada sin fines de lucro, hizo una radiografía a la judicialización de la salud, analizando las sentencias de la Tercera Sala de la Corte Suprema versus la Ley 20.850 o Ricarte Soto, que a diferencia de otros países de Latinoamérica, regula el apoyo financiero estatal para costear tratamientos de salud cuyos costos son altos.

Esta normativa financia hoy el 100% de los medicamentos o tratamientos de 18 enfermedades que están garantizadas, como la esclerosis múltiple o los tumores neuroendrocrinos, entre otras, pero si el diagnóstico no está incorporado en la ley no es cubierto. Esa restricción tiene enfrentado al máximo Tribunal con las autoridades de la salud.

El informe revisa las sentencias que obligan al pago de tratamientos de alto costo dictadas entre 2017 y lo que va de 2019. En total, se analizaron 16 fallos. Varios de ellos correspondieron, por ejemplo, a aquellos que el año pasado ordenaron al Estado financiar el medicamento Spinraza para la atrofia muscular espinal.

Prima la vida antes que cuestiones presupuestarias

La Corte Suprema tiene una jurisprudencia definida en la materia. Si está en riesgo la vida, prima este derecho garantizado en la Constitución por sobre las consideraciones de índole presupuestaria, por lo tanto se debe financiar el tratamiento. Y, ese criterio, es compartido por la gran mayoría de los ministros: de los titulares solo se opone Arturo Prado (ver relacionado).

En tan solo un año y medio, dice el estudio, el máximo tribunal ordenó costear medicamentos para enfermedades de alto costo, que están fuera de la Ley Ricarte Soto, por un costo estimativo de US$ 8.954.000, que equivale a $6.097.674.000, tomándose como referencia el valor del dólar de diciembre pasado. Esta cifra es respecto de las 13 sentencias que fallaron a favor de los pacientes, lo que representa prácticamente el 80% de los casos revisados.

Y , lo más preocupante “es que solo en enero de 2019 las cifras casi igualan al total de los montos del 2017”, subraya el análisis. Eso si se considera que ese año los fallos significaron un gasto anual estimado de US$ 2.760.000. Mientras que, en 2018 la cifra aumentó 1,2 veces, llegando a un total de US$ 3.500.000.

La Tercera Sala decidió que se financiará en el período los siguientes medicamentos: dos veces Vimizim, cuyo valor anual por un fármaco es de US 380.000, Soliris, US$ 500.000 por año (seis veces); pinraza, US$ 750.000 por año (cuatro veces); Brinaeura, US$ 486.000 por año (cuatro veces). Pero el Observatorio precisa que en las sentencias no se establece el tiempo que dura el tratamiento y la intensidad del mismo o las dosis.

Impacto financiero en las sentencias

Según el Observatorio Judicial, durante el período de junio de 2017 a diciembre de 2018, el fondo de la Ley Ricarte Soto gastó $92.310 millones, destinados a beneficiar a 6.799 pacientes, lo cual significa un gasto promedio de $13.576.966 por paciente.

Este mismo cálculo se realizó para las sentencias de la Corte Suprema y, en igual período, se gastaron $6.097 millones destinados a 16 personas, lo cual da un gasto promedio de $381.104.625 por paciente. “Vía sentencia judicial se destinó un valor 28 veces mayor por paciente, que un beneficiario promedio de la Ley Ricarte Soto”, dice la organización.

A juicio del Observatorio las sentencias contravienen la Ley Ricarte Soto, acarreando perjudiciales consecuencias presupuestarias, políticas y éticas. “Las sentencias tienen un impacto financiero que, en términos relativos, es altamente peligroso para la viabilidad del fondo (de la Ley Ricarte Soto), son elementos que en su conjunto evidencian lo potencialmente dañina que puede ser la judicialización de tratamientos de alto costo para las políticas públicas de salud”, afirman.

Incremento de recursos en los últimos cinco años

En el estudio se analizan cifras que reflejan el incremento de nuevos recursos de protección contra Fonasa y el Ministerio de Salud, en los que se solicita el financiamiento de alto costo, en los últimos cinco años.

En 2014 y 2015 hay tan solo una presentación. En 2016, la cifra aumenta a dos; mientras que en 2017 a seis; y, en 2018, a 13 recursos.

Según el Observatorio Judicial, “es posible que el progresivo conocimiento, por parte de la población, sobre la jurisprudencia de la Corte Suprema, favorable a conceder el tratamiento, esté incentivando a los ciudadanos a obtener el financiamiento médico por la vía judicial, que sin lugar a dudas es más expedito y fácil de obtener, que por la exigente vía administrativa que regula la Ley Ricarte Soto. (…) Es innegable la fuerte alza que ocurre entre los años 2017-2018”.

Vocero: «Esto debe gestionar soluciones»

El vocero de la Corte Suprema, Lamberto Cisternas, concuerda en que hay un derecho a la vida y que las autoridades también deben gestionar soluciones para el financiamiento de medicamentos de alto costo.

“Ciertamente la situación es compleja y lamentable; pero la protección de la salud está mirada desde dos puntos de vista diferentes: el derecho a la vida y su conservación, por una parte, y el alto costo que de ello puede derivar —que permitiría denegar o limitar el auxilio que significa reconocer ese derecho— por otra. Como no hay norma que permita denegar el reconocimiento del derecho, es evidente que se ha encendido una alarma que hace urgente que la autoridad del Estado gestione soluciones”.

Leer el estudio completo en: https://www.observatoriojudicial.org/corte-suprema-versus-ricarte-soto/